Geriátricos: la otra Caja de Pandora que nadie quiere abrir. Coimas y denuncias en medio de serias irregularidades
Visitas guiadas
En los días en que Elia estaba siendo “presionada” por la inspectora, el nombre de Adriana Vallades se hacía cada vez más común a sus oídos. Es que le habían comentado que en otros geriátricos también existían tales presiones.
Un recorrido por varias localidades mostraría con precisión las irregularidades de cada lugar.
Geriátrico Las Mugrientas -no tiene nombre y así lo llaman en la zona-, Coronel Brandsen 3685, San Justo. A simple vista es una casa más en la cuadra; el frente está retirado de la línea municipal varios metros y la propiedad tiene dos plantas. La puerta abierta deja ver que adentro hay abuelos. No tiene una chapa o letrero
que especifique la actividad que desarrolla y, menos, el nombre de sus propietarios (Art. 8°, Ordenanza Nº 7.368).
La mayoría de los vecinos conoce al lugar como “Las Mugrientas”, aunque otros —los menos— lo denominan “Las Gordas”. La dueña no está. Es la hija quien atiende la puerta. Se la observa sin la ropa adecuada de trabajo y con aspecto desalineado (Art. 13°, Ordenanza Nº 7.368).
La mayoría de los vecinos conoce al lugar como “Las Mugrientas”, aunque otros —los menos— lo denominan “Las Gordas”. La dueña no está. Es la hija quien atiende la puerta. Se la observa sin la ropa adecuada de trabajo y con aspecto desalineado (Art. 13°, Ordenanza Nº 7.368).
¿Tuviste problemas con una inspectora?, pregunta Elia
“Yo estoy pagando en la AFIP y todo”, responde y advierte: “Cada tanto pasan”
¿Y ahora te dejan trabajar?, pregunta Elia.
Pero yo tengo cuatro (ancianos) nada más (RMT: Los vecinos estiman que hay 10 abuelos).
¿Ellos (municipio) te dijeron que más de cuatro no podés tener?, pregunta Elia
“No, no. No quiero más porque no quiero, porque no… estoy sola. O sea, no es un geriátrico”, se excusa la mujer.
La mujer presenta el lugar como “una pensión”, y reitera que no tiene un geriátrico. “Para geriátrico tenés que tener más de siete (abuelos)”, asegura.
Pero mintió. La definición de geriátrico es todo local donde se presta servicio de hospedaje prolongado, comidas básicamente equilibradas, calóricamente suficientes, a la vez que una efectiva y periódica vigilancia médica, con una capacidad mínima de 5 y máxima de 50 personas ancianas de uno o ambos sexos (Art. 1°, Ordenanza Nº 7.368), según establece la normativa municipal.
¿Y se puede tener una pensión de cuatro abuelos?, preguntamos.
“Lo que pasa es que es como una pensión, no es un geriátrico, no tengo empleados, no tengo nadie que… no tengo que presentar recibo de sueldo, nada. Yo trabajo yo nada más, no tengo empleados. Si vos tenés empleados y todo eso, te jode... mal. Eso te jode”, explica.
¿Así que con cuatro podés trabajar?, insiste Elia
“No sé si con cuatro… yo lo tengo como una casa de familia que cuido cuatro abuelos, no tengo empleados ni nada. Lo que pasa que a vos te mata que tenés empleados”. La mujer pasó de decir que era una pensión a afirmar que se trata de una casa de familia donde se cuidan abuelos.
Un hombre llega al geriátrico para visitar a una abuela que conoce. Pero no lo dejan pasar y le indican que el horario de visita es de 17.00 a 19.00 (los ciudadanos mayores alojados en establecimientos geriátricos tienen el derecho a recibir visitas siendo la única restricción de las mismas, en el horario de descanso según la Ley 14.263).
Pero el hombre volvió al día siguiente y pudo ingresar. Al salir, su testimonio confirma toda sospecha: “Es algo totalmente trucho, ni siquiera tenés un cartel que indique qué es lo que sucede ahí. Pero todos en el barrio lo conocen (como Las Mugrientas o Las Gordas). Lamentablemente la gente deposita allí a sus familiares. Algunas personas se ponen a cuidar mayores en sus casas como una fuente de trabajo pero sin los requisitos básicos y eso pone en riesgo la salud de los abuelos”.
“Las Mugrientas” no es una pensión, ya que su funcionamiento no se ajusta a las condiciones previstas para hoteles cuyo número de habitaciones no excedan las diez y donde la comida se sirve exclusivamente a los huéspedes (Art. 45°, Ordenanza 2.805/61). Además, se considera establecimiento geriátrico a toda institución de gestión pública o privada que tenga por finalidad brindar alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva, atención médica y en general toda acción que haga al bienestar físico y psíquico de las personas adultas mayores desde los 65 años de edad, en las formas y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación (Ley 14.263).
¿Ellos (municipio) te dijeron que más de cuatro no podés tener?, pregunta Elia
“No, no. No quiero más porque no quiero, porque no… estoy sola. O sea, no es un geriátrico”, se excusa la mujer.
La mujer presenta el lugar como “una pensión”, y reitera que no tiene un geriátrico. “Para geriátrico tenés que tener más de siete (abuelos)”, asegura.
Pero mintió. La definición de geriátrico es todo local donde se presta servicio de hospedaje prolongado, comidas básicamente equilibradas, calóricamente suficientes, a la vez que una efectiva y periódica vigilancia médica, con una capacidad mínima de 5 y máxima de 50 personas ancianas de uno o ambos sexos (Art. 1°, Ordenanza Nº 7.368), según establece la normativa municipal.
¿Y se puede tener una pensión de cuatro abuelos?, preguntamos.
“Lo que pasa es que es como una pensión, no es un geriátrico, no tengo empleados, no tengo nadie que… no tengo que presentar recibo de sueldo, nada. Yo trabajo yo nada más, no tengo empleados. Si vos tenés empleados y todo eso, te jode... mal. Eso te jode”, explica.
¿Así que con cuatro podés trabajar?, insiste Elia
“No sé si con cuatro… yo lo tengo como una casa de familia que cuido cuatro abuelos, no tengo empleados ni nada. Lo que pasa que a vos te mata que tenés empleados”. La mujer pasó de decir que era una pensión a afirmar que se trata de una casa de familia donde se cuidan abuelos.
Pero el hombre volvió al día siguiente y pudo ingresar. Al salir, su testimonio confirma toda sospecha: “Es algo totalmente trucho, ni siquiera tenés un cartel que indique qué es lo que sucede ahí. Pero todos en el barrio lo conocen (como Las Mugrientas o Las Gordas). Lamentablemente la gente deposita allí a sus familiares. Algunas personas se ponen a cuidar mayores en sus casas como una fuente de trabajo pero sin los requisitos básicos y eso pone en riesgo la salud de los abuelos”.
“Las Mugrientas” no es una pensión, ya que su funcionamiento no se ajusta a las condiciones previstas para hoteles cuyo número de habitaciones no excedan las diez y donde la comida se sirve exclusivamente a los huéspedes (Art. 45°, Ordenanza 2.805/61). Además, se considera establecimiento geriátrico a toda institución de gestión pública o privada que tenga por finalidad brindar alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva, atención médica y en general toda acción que haga al bienestar físico y psíquico de las personas adultas mayores desde los 65 años de edad, en las formas y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación (Ley 14.263).
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