Consultas gratis
Ahora nos transformamos en un consultorio, ya que no solo llegan denuncias. Hasta profesionales se comunican preguntado sobre cuestiones edilicias.
Silvia lleva 3 años denunciando al arquitecto Antonio Blasi
El municipio reconció ya 3 obras ilegales del mismo profesional...
...una por escrito, Silvia espera la sentencia
Horacio Beovide sentenció: Sancándole la matricula a un par de profesionales y demoliendo dos o tres obras, se soluciona el problema de Ramos. Según el Subsecretario de Obras Públicas, ya bajó la desición política. Los vecinos esperan.
Otra vez y para variar, problemas con Urquiza 354. Ya hablamos del tema, solo agradecemos a Oste Noticias quien cubrió los dos días que duró el atropelló a nuestro vecino, junto a 24con, NCO y el programa radial Vecinos en Acción". Agradecimiento especial para Pablo Pimentel, presidente de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos.
Consulta:
Hola. Quisiera preguntarles varias cosas. ¿Pueden los obreros de una obra (que el municipio aún no respondió si es legal y sí lo contrario de la boca para afuera) ingresar a la propiedad lindera, ocupar el techo e invadir el espacio aéreo para revocar la medianera cuando el vecino no los autoriza porque ya le rompieron la casa, la vereda y además lo amenazaron de muerte y lo agredieron físicamente hasta lastimarlo?
¿Por qué habiendo un interdicto de obra nueva, la jueza sin resolver la medida de fondo permite que sigan construyendo? Primero les niega pasar rotundamente y después se da vuelta. Les comento que el municipio labró un acta sobre dicha obra pidiendo la paralización hace cuatro meses pero la obra sigue igual y lo mismo que le ocurre a este vecino, le pasó ya a otros en distintas obras con este mismo arquitecto. Varios hicieron denunicas penales por amenazas.
Gracias. Jorge
RMT responde:
Estimada Jorge:
Recién me pasan el mail tuyo del 20.04.2008. Lástima no me avisaron por teléfono, quizás hoy la respuesta llegue tarde, dependiendo las urgencias de tu amigo.
En fin te comento, que por lo que decís fue algo así como una oposición a las reparaciones urgentes. Lo cierto es que el Código Civil, en su Art. 2627 prevé claramente que si para cualquier obra fuese indispensable poner andamios u otro servicio provisorio en el inmueble del vecino, el dueño de este no tendrá derecho para impedirlo, siendo a cargo del que construye la obra la indemnización del daño que causare. Seguramente han planteado la necesidad de colocar la capa hidrófuga al muro compartido y esas tareas únicamente se deben poder hacer del lado de la casa de tu amigo. Claro, esto carece de validez si no pueden demostrar que la obra en construcción es legal. Tampoco resulta claro la medida, habiendo un interdicto de obra nueva de por medio, porque la jueza estaría adelantando su falló, razón por la cual puede recusarla.
Mientras que el ordenamiento procesal en su Art. 623 ter preve que si de un inmueble se derivan daños a otro, el afectado podrá requerir autorización al Juez, la que tramitará sin forma de juicio y con la sola audiencia de los interesados.
Es obvio que si bien la ley civil les permite el ingreso, nadie se arriesgaría a hacerlo sin autorización, porque también pueden existir denuncias penales. Por ello, la autorización se le pide al Juez. Resulta llamativo que el arquitecto no cumpla los pasos correspondientes y con denuncias penales previas en su contra y antecedentes en otras construcciones.
Previa audiencia, puede reclamar que carguen con los daños que le ocasionen, más los anteriores, exigiéndoles reparen- tal como lo acuerda el Código Civil- por más que sea una obra registrada que no cumple con las normas vigentes.
Saludos
Estimada Jorge:
Recién me pasan el mail tuyo del 20.04.2008. Lástima no me avisaron por teléfono, quizás hoy la respuesta llegue tarde, dependiendo las urgencias de tu amigo.
En fin te comento, que por lo que decís fue algo así como una oposición a las reparaciones urgentes. Lo cierto es que el Código Civil, en su Art. 2627 prevé claramente que si para cualquier obra fuese indispensable poner andamios u otro servicio provisorio en el inmueble del vecino, el dueño de este no tendrá derecho para impedirlo, siendo a cargo del que construye la obra la indemnización del daño que causare. Seguramente han planteado la necesidad de colocar la capa hidrófuga al muro compartido y esas tareas únicamente se deben poder hacer del lado de la casa de tu amigo. Claro, esto carece de validez si no pueden demostrar que la obra en construcción es legal. Tampoco resulta claro la medida, habiendo un interdicto de obra nueva de por medio, porque la jueza estaría adelantando su falló, razón por la cual puede recusarla.
Mientras que el ordenamiento procesal en su Art. 623 ter preve que si de un inmueble se derivan daños a otro, el afectado podrá requerir autorización al Juez, la que tramitará sin forma de juicio y con la sola audiencia de los interesados.
Es obvio que si bien la ley civil les permite el ingreso, nadie se arriesgaría a hacerlo sin autorización, porque también pueden existir denuncias penales. Por ello, la autorización se le pide al Juez. Resulta llamativo que el arquitecto no cumpla los pasos correspondientes y con denuncias penales previas en su contra y antecedentes en otras construcciones.
Previa audiencia, puede reclamar que carguen con los daños que le ocasionen, más los anteriores, exigiéndoles reparen- tal como lo acuerda el Código Civil- por más que sea una obra registrada que no cumple con las normas vigentes.
Saludos