Un ejemplo de responsabilidad ciudadana a imitar en cada una de nuestros pueblos y ciudades...

ACTA ACUERDO en defensa del Arbolado Urbano
Vecinos defienden el arbolado urbano de Macachín, La Pampa
Poder Judicial de la Provincia de La Pampa, Ministerio Público, Fiscalía Nº SEIS
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, a los veinticuatro días del mes de Setiembre de 2009, comparecen ante esta Fiscalía N° 6 de la Primera Circunscripción Judicial sita en calle Rivadavia N° 202 – Entrepiso - de la ciudad Capital, el Sr. Intendente Jorge Luis CABAK DNI Nº 13.993.874, la Asesora Legal del Municipio, Dra. Silvana ZAMORA, DNI N° 20.589.166 (Mat. Prov. Tº V Fº 104 CALP) y los Sres. Mariana Verónica SANSINANEA, DNI N° 24.034.991; Nelly Susana SAINTE MARIE, DNI N° 13.087.963 Y Lorenzo Omar RODRIGUEZ, DNI N° 11.137.403, vecinos de la comuna, a efectos de plasmar en el presente acto una serie de cláusulas libremente acordadas (arts. 1.137 y 1.197 del Código Civil) mediante las cuales la Municipalidad de Macachín asume compromisos en orden a la preservación de los intereses protegidos en la Ley Ambiental Provincial N° 1914 (arts. 10 , 2° Y 490 ) Y Ordenanzas HCD de Macachín Nros. 356/07 y 407/08 (en vigencia a partir del 19/12/2009) y a la anticipación de acciones de prevención y reparación en especie, de acuerdo a lo previsto la Ley Provincial N° 1352 de régimen de procedimiento para el amparo de los intereses difusos o derechos colectivos (arts. 1° inc. a y b), 2° inc. a) y b) Y 7º), en un todo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Antecedentes: En fecha 26 de agosto de 2009 los Sres. Mariana Verónica SANSINANEA, Nelly Susana SAINTE MARIE y Lorenzo Omar RODRIGUEZ, todos domiciliados en la localidad de Macachín (L.P.) radican formal denuncia ante el Agente Fiscal en turno a cargo de la Fiscalía N° 1 de esta ciudad, Dr. Carlos René Ordás, manifestando sentirse afectados por la extracción de árboles (eucalyptus) ubicados sobre la vera de la Ruta Provincial N° 1 - Acceso Sur - que fuera llevada a cabo por personal contratado por la Municipalidad de Macachín a requerimiento de la Sub-Comisión de Fútbol Infantil del Club Atlético "Macachín" en cuanto tales acciones provocan, entre otros efectos nocivos, la pérdida de la cortina forestal, afectan el patrimonio paisajístico de la zona y contribuyen a la polución ambiental. Asimismo, informan que iniciarán. el reclamo administrativo pertinente y solicitan al Agente Fiscal en 1352 Y 1914 -defensa del medio ambiente, equilibrio ecológico y conservación de los valores paisajísticos- entre otros intereses tutelados, y en función de la competencia asignada especialmente a esta Fiscalía N° 6 mediante Resolución N° 04/09 de la Procuración General del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa, se resolvió convocar a las partes a una instancia de diálogo, que tuvo lugar entre los días 31 de agosto y 7 de Setiembre de 2009.
Citados que fueran los denunciantes y el Sr. Intendente de Macachín, prestan su conformidad para la consideración de fórmulas conciliatorias propuestas desde esta Fiscalía y la elección de las que más eficazmente pudieran dar respuesta a la situación planteada en función de los intereses eventualmente contrapuestos. Tras un proceso de diálogo y reflexión con los comparecientes se arribó a un ACUERDO COMPROMISORIO cuyas cláusulas se transcriben a continuación:
Entre la *MUNICIPALIDAD DE MACACHíN*, representada en este acto por el Sr. Intendente Jorge Luis CABAK DNI N° 13.993.874, asistido técnicamente por la Asesora Legal del municipio Dra. Silvana ZAMORA DNI N° 20.589.166 (Mat. Prov. Tº V Fº 104 CALP), constituyendo domicilio legal en calle Fratini N° 355 Y los Sres. Mariana Verónica SANSINANEA, DNI N° 24.034.991; Nelly Susana SAINTE MARIE, DNI N° 13.087.963 y Lorenzo Ornar RODRIGUEZ, DNI N° 11.137.403, en calidad de vecinos de la comuna constituyendo domicilio legal en calle Pedro Petriz N° 552, ambos de la localidad de Macachín, acuerdan lo siguiente:
*CLÁUSULA PRELIMINAR*: La MUNICIPALIDAD DE MACACHíN deja constancia que la actividad de extracción de árboles denunciada por los comparecientes fue realizada en uso de las facultades conferidas por las ordenanzas arriba mencionadas y tuvo lugar a requerimiento de la Sub- Comisión de Fútbol Infantil del Club Atlético "Macachín" mediante nota de fecha 24 de junio de 2009, cuyo texto se transcribe a continuación: "Intendente Municipal Sr. Jorge L. Cabak S/D: El motivo de la presente nota es para solicitarle formalmente la extracción de las plantas de Eucaliptus, ubicadas a la vera del acceso sur frente al terreno del Club Atlético Macachín. La razón de dicha extracción es que en ese predio vamos a comenzar a hacer el alambre olímpico perimetral, para mayor seguridad de los niños que van a los entrenamientos de las distintas no dejar el lugar desprovisto de árboles. Sin otro particular y aprovechando para agradecerle por las colaboraciones recibidas lo saluda atte. La Subcomisión DE FÚTBOL INFANTIL C.A.M.” Fdo: SERVETTO ROLANDO, DNI 21430048 - GONZALEZ OSVALDO DNI 17995656.
*CLÁUSULA PRIMERA*: La MUNICIPALIDAD DE MACACHíN se obliga a suspender la extracción de árboles del género "eucalyptus" emplazados sobre la vera de la Ruta N° 1, Acceso Sur, de la localidad de Macachín en el sector correspondiente al predio perteneciente al Club Atlético "Macachín", así como a dejar sin efecto cualquier autorización escrita o verbal extendida a tales fines y a comunicar de inmediato tal circunstancia a la Sub- Comisión de Fútbol Infantil de dicha entidad.
*CLÁUSULA SEGUNDA*: La MUNICIPALIDAD DE MACACHíN garantizará la realización de tareas de mantenimiento y conservación de los árboles del género "eucalyptus" emplazados sobre la vera de la Ruta N° 1, Acceso Sur, en el sector correspondiente al predio perteneciente al Club Atlético "Macachín" a los fines de posibilitar el desarrollo sin riesgos de actividades deportivas por parte de los concurrentes a la institución, sin perjuicio de la responsabilidad que le compete al citado club en igual sentido en los términos del arto 1° de la Ordenanza N° 356/07.
*CLÁUSULA TERCERA*: La MUNICIPALIDAD DE MACACHíN se obliga a reponer en un plazo NO MAYOR DE 48 (cuarenta y ocho) horas desde la suscripción del presente, los CINCO (5) ejemplares de árboles del género "eucalyptus" extraídos del sector correspondiente al predio perteneciente al Club Atlético Macachín ubicado sobre la ruta provincial N° 1, Acceso Sur de la localidad de Macachín, los que serán reemplazados por ocho (8) ejemplares de la especie "fresnos", de acuerdo a lo previsto por el arto 3° de la Ordenanza N° 356/07.
*CLÁUSULA CUARTA*: La MUNICIPALIDAD DE MACACHíN se compromete a priorizar medidas que garanticen el cumplimiento de los fines propuestos por la Ley Ambiental Provincial N° 1914 Y la observancia en lo sucesivo del procedimiento para la extracción de especies forestales previsto en el arto 2° de la Ordenanza N° 356/07 del H.C.D. de Macachín, no permitiendo la extracción de ningún árbol como así tampoco realizar extracciones la municipalidad misma, en todo el ejido municipal, sin contar previamente con un informe técnico especialista y certificación profesional.
*CLÁUSULA QUINTA“: Las obligaciones emergentes de este acuerdo producirán efectos a partir de la suscripción del mismo por todas las partes involucradas.
*CLÁUSULA SEXTA*: Frente a cualquier eventualidad derivada de la ejecución del presente acuerdo, las partes fijan domicilio en los arriba consignados.
*CLÁUSULA SÉPTIMA*: Las partes se comprometen a requerir la homologación judicial del presente acuerdo ante los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la ciudad de Santa Rosa, La Pampa.
En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha consignados en el preámbulo, ante mí, Agente Fiscal Sustituta a cargo de la Fiscalía N° 6 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa.
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