miércoles, marzo 14, 2012

Descontrol Comunal: La precuela

La complicidad político-empresarial pone al Distrito al margen de la Ley. 
Parte de Infracción 029951. Funes Bar Bristol, Alem 325, Ramos Mejía.
Información oculta. La inspectora Mirta Fecha informa a su jefe.

S!C accedió a las inspecciones realizadas durante todo un año por la Secretaría de Planificación Operativa y Control Comunal. Allí salen a la luz los operativos realizados a locales bailables o pubs. A pesar de las serias irregularidades encontradas, no se registraron clausuras. Un riesgo latente que nadie quiere ver.

Se puede ser cómplice por acción u omisión, aunque también puede la presunta connivencia del poder político y el capital empresario hacer de ambas opciones un cóctel ideal para que cualquier irregularidad pase desapercibida ante los ojos de una inspección o, al menos, no sea motivo de una clausura.

La Secretaría de Planificación Operativa y Control Urbano, ese estamento que puede hoy enchastrar cualquier intento de buena gestión, suma capítulos a una historia que empieza a tornarse de difícil manejo para el Gobierno de Fernando Espinoza.

El tema se convirtió en discusión política de fondo para la actual gestión municipal, a tal punto de pensarse en desplazar a los máximos responsables del área. A cargo de la Dirección General de Control Urbano, Ricardo Daniel Espósito, es el hombre que hoy se lleva todas las miradas de sus máximos detractores internos. Importado desde la ciudad de Buenos Aires luego de la tragedia de Cromañón, junto a su esposa Verónica Natalhie Salvadores, tiene una función de preponderancia dentro del mecanismo de recaudación municipal. Y sigue sin pasar desapercibido el nombre del exconcejal Alberto Jesús Olmos, hoy secretario de Planificación Operativa y Control Comunal.

La Matanza fue el distrito que más muertes lamentó por el incendio desatado en el boliche del barrio porteño de Once, sin embargo nada parece haberse aprendido del dolor de cientos de familias, de esa herida abierta para toda una sociedad.

Cientos de actas labradas durante todo un año por parte del Municipio por irregularidades encontradas en locales nocturnos de diversas localidades se vuelven apenas un maquillaje si solo terminan con otra oportunidad sin clausura. Desde la propia oficina de Alberto Olmos definen la situación: “Es como salir todos los fines de semana a jugar a la mancha, avisarles que podemos tocarlos…”, se sinceran.

Las inspecciones por dentro

El 14 de octubre de 2009, las inspectoras Mirta Fecha (legajo 25712) y Mónica Zuk (legajo 25290) llegaron a la disco El Establo, un lugar clásico de la ciudad de González Catán.

En el parte de intimación 29258, realizado a las 4.11 de la madrugada, expusieron: “Se otorga un plazo de 15 días para realizar la demarcación de la pista de baile y así mismo, se notifica que el entrepiso es un lugar de estar y no de baile, ya que el mismo es de madera”.

De esta manera queda evidenciado que no hubo clausura, y solo hace falta remitirse al 10 de septiembre de 2010 para recordar lo ocurrido en la zona vip de la disco “Beara”, de Scalabrini Ortiz 1638, en el barrio porteño de Palermo. Ese día, se derrumbó el entrepiso dejando un saldo fatal de dos muertos y 33 heridos. La tragedia se produjo cuando el entrepiso del local cedió provocando la muerte de Ariana Lizarraga y Leticia Provedo.

Además, algo fue pasado por alto en El Establo por parte del equipo de inspección: en su página de Facebook anuncia show de stripper “solo para ellas”, infringiendo disposiciones sobre moralidad (Ordenanza 7107/77, Cap IV, inciso 1).

Dos horas antes de esa inspección, las mismas inspectoras estuvieron en un salón de fiestas situado en La Salle 4140, de González Catán. A través del parte de intimación 29257, realizado a las 2.15, les dieron a los propietarios del lugar “un plazo de 15 días para presentar antisiniestral actualizado y último pago de emergencia médica”.

El 4 de octubre de 2009, las inspectoras Fecha y Zuk ya habían realizado operativos en González Catán. Estuvieron en Paisano Beach Bar, un lugar con billar y espectáculos, situado en Ruta provincial 21, esquina La Salle. Allí comprobaron que los sanitarios “carecían de agua (inodoro y mingitorios), así mismo presentaban falta de higiene” (acta 112.566). En tanto, en un bar de Larre 479 descubrieron, entre otras irregularidades, que el lugar debía “acondicionar” su instalación eléctrica (parte de inspección 036822).

En el bar-restaurante de la calle La Salle y General Rivas (acta 112.568), las inspectoras dejaron constancia de que el lugar no se ajustaba al rubro declarado ya que funcionaba como bailable. En ningún caso hubo clausura.

El itinerario de irregularidades parece no conocer localidades. En Isidro Casanova, el acta de infracción 111.056 certificó que en el bar de la calle República de Portugal 2843 (Casanova Bar), la instalación eléctrica era “deficiente”, en tanto que no estaba en condiciones la “distribución y cantidad de las luces de emergencia”.

Otro equipo de inspectores encabezado por Ezequiel Javier Insúa Seibel, detectó que Mix Club (Avenida Cristianía 1535) no contaba con habilitación municipal (acta 111.054).

El mismo equipo de inspección estuvo en “Morena”, República de Portugal 2082, un local que entre otras anomalías poseía una instalación eléctrica “deficiente” según consta en el acta 111.055.
Tras el incendio de República de Cromañón, salieron a la luz las deficiencias que presentaban locales nocturnos de todo el país. Claro que, a siete años de aquella noche trágica, se supone que los controles deberían no solo ser exhaustivos, sino eficaces a la hora de prevenir.

En Gregorio de Laferrere, donde los fines de semana miles de jóvenes copan los tantos locales nocturnos con los que cuenta esa ciudad, las irregularidades registradas son de temer.

En un acta labrada el 31 de octubre de 2009 (bajo el número 113.071), las inspectoras Lidia Pampin (legajo 23.521) y María Laura Tundis (legajo 23709), dejaron asentado que el Resto Bar JuanTom de Avenida Luro 5792, desarrollaba su actividad “careciendo de condiciones de seguridad representando riesgo para la población aledaña y del personal (instalación eléctrica deficiente)”, mientras que no poseía luz de emergencia, ni pasamanos en las escaleras, como así tampoco antideslizantes en los escalones, ni exhibió permiso para venta de bebidas alcohólicas (ReBA).

A los 43 días de aquella inspección, llegó a JuanTom el inspector Luis Pastrana (legajo 25.266) y comprobó que no se ajustaba al rubro declarado ya que realizaba “baile en planta alta” (acta 112.245). De esa manera, se procedió a una clausura preventiva del local (Ver Clausura preventiva).

También el 31 de octubre de 2009, en un bar situado en Luro 5636, se detectó que el techo no presentaba material ignífugo, ni informe antisiniestral. El parte de intimación a las 1.20 bajo el número 28.247.

Los casos se repitieron en esa ciudad en el bar de López May 2948 (parte de intimación 30.432) y en otro local de Luro 5748 (parte de inspección 52.221). El informe antisiniestral sin actualizar, falta de señalización y luces de emergencia, fueron solo algunas de las tantas anomalías detectadas.

Ante semejante madeja de irregularidades las preguntas emergen inexorables: ¿Por qué no se clausuran locales sin luces de emergencia o con instalaciones eléctricas que advierten sobre riesgos? ¿Por qué un inspector solo marca las irregularidades en un acta y no toma medidas? ¿Se trata de una inspección pre-ventiva o de un informe solicitado por otras esferas del poder?

En Ramos Mejía, la ciudad bonita de La Matanza, cambia el targuet de público pero las mañas de los empresarios son las mismas. Las inspectoras Mirta Fecha y Claudia Susana Ferreira (legajo 27033), visitaron el “Funes Bar Brito”, de Alem 325, denunciado por los vecinos por funcionar como local bailable violando la Ley de nocturnidad 14.050.

En ese caso, y de manera llamativa, en una hoja sin membrete, la inspectora Fecha (dejando constancia de firma y legajo) le informó a sus superiores: “Apersonada en el lugar de referencia Alem 325 de la localidad de Ramos Mejía, al momento de la inspección siendo las 2.40 horas, el comercio en cuestión no se ajusta al rubro declarado (Bar-Restaurante). El cual se encontraba explotando bailable. Cabe destacar que posee una salida de emergencia aproximadamente de 1.40 de ancho la cual se encuentra ocupada por sillones. Im-posible evacuar 200 personas (sic)”.

Ante tamaña irregularidad, el lugar no fue clausurado y solo se labró el parte de intimación 029951, en el que se pidió al dueño: “En un plazo de cinco días se presente ante la Secretaría de Control Comunal de 8.30 a 14 horas, sito en la calle H. Yrigoyen 2563, San Justo, reunido de toda la documentación que lo habilita”.

La lista de ejemplos en esa ciudad parece infinita: Zeta Restaurante (ahora Ame), en Necochea 322; según el acta 112.561 al momento de la inspección no presentaba “habilitación, antisiniestral, análisis de agua, desinfección, plano de obra, libretas sanitarias, ni matafuego en salón de público”. Moma Restaurante (inspeccionado por Mario Núñez, legajo 8651), en tanto, no poseía habilitación, antisiniestral, ReBA, análisis de agua, libretas sanitarias, plano de obra, desinfección, contrato de locación”. En Brako Bar, de Alem 283, los inspectores detectaron que su-peraba “el factor ocupacional”, es decir había más gente de la permitida, al igual que en el boliche de Once. Allí se labró el acta 112.562, donde se dejó constancia de que funcionaba como “lugar bailable”, y vendía “pizzas al mostrador”.

La inspectora Mirta Fecha repitió su accionar: en una hoja adjunta dirigida a su jefe realizó un croquis del lugar donde demuestra que la “salida se encontraba cerrada y ocupada por cabilla y sillones”.

Lo mismo hizo la funcionaria en un procedimiento realizado el 3 de octubre de 2009 en La Joakina Resto Bar. “Al momento de la inspección no se ajusta al rubro el cual es bailable. No posee plano de obra”, detalló Fecha, y en una hoja adjunta al acta de infracción (112.563) describió: “Apersonada en el lugar de referencia, Alem 283 de la localidad de Ramos Mejía, al momento de la inspección no se ajusta al declarado. El mismo se encontró explotando Bailable. No posee plano de obra”, y realizó un croquis del comercio.

El 24 de octubre de 2009, se realizaron inspecciones nocturnas (madrugada de sábado), esta vez estuvo a cargo del operativo Daniel Díaz. En The Game, de Avenida Gaona 2662, los inspectores dejaron constancia de que el matafuego se encontraba obstruido por una hela-dera, debía retirar pantalla de gas, y no estaba finalizado el trámite de habilitación (acta 112.571). Veinte días después hubo otro procedimiento (a cargo de Nicolás Rosso y Osvaldo Berarducci) y, si bien se realizó un parte de inspección (28089), en ningún caso se tuvo en cuenta el artículo 9 de la Ordenanza 12.283: “No podrán instalarse locales a menos de 200 metros peatonal de un establecimiento oficial o privado destinado a la enseñanza primaria y/ o media, salas asistenciales y/o vela-torias”.

El accionar de la Secretaría de Planificación Operativa y Control Comunal facilita cualquier duda de irregularidades que se repiten en un distrito cuya superficie llega a los 325,71 kilómetros cuadrados, donde se pierde un puñado de inspectores que suspende el espectáculo en caso de lluvia (el 31 de octubre de 2009, no se realizaron operativos por las condiciones climáticas). Un territorio que parece quedarle grande a quienes deben controlar para prevenir, bajo un área que se asemeja a una cabina de peaje sin autopista.

Otros casos

Tapiales

En Babilon Bar, Altolaguirre 197, los inspectores Ricardo Toso (legajo 25283), Nélida Mabadie (legajo 25881) y Carlos Pires (legajo 26084), detectaron que “al momento de la inspección no exhibe análisis de agua y certificado de desinfección” (acta de infracción 112970).

En “La Cigale Bar”, Altolaguirre 118, se constató: “no exhibe análisis de agua vigente; no exhibe un matafuego de 10 Kg. según antisiniestral (posee uno de 5 Kg.); no exhibe libreta sanitaria en vigencia; no exhibe certificado de desinfección” (Acta 112724).

Virrey del Pino

Bar, billar con tronera, Granville 585; el acta de infracción 111.062 detalló que “desarrolla actividad comercial sin la correspondiente habilitación municipal”.

González Catán

Minimercado en estación de servicio, Larre 878; al momento de la inspección presenta “falta de higiene y salubridad consistente en alimentos y bebidas apoyados directamente en el piso y presencia de animales en salón y cocina” (Acta 112.565).

Ramos Mejía

El sábado 23 de agosto de 2008, inspectores de la Secretaría de Control Comunal habían realizado un operativo en Caín Pool y Caín Resto Bar. El primero de esos comercios venía siendo denunciado por los vecinos desde 1997, sin éxito alguno a pesar de las irregularidades, entre ellas, funcionar como local bailable cuando su habilitación solo le permitía desarrollar la actividad como bar, billar con troneras.

El día del operativo, Caín Pool tenía el ReBA vencido y aún así, tampoco fue clausurado. Al frente del operativo estaba la por entonces titular de Control Comunal María Ester Balcedo, pero se quedó en la puerta de Caín 2 (como lo llaman internamente en esa área municipal). Los inspectores tuvieron la prueba de que el resto bar funcionaba como local bailable, así lo delataba la larga cola de chicos esperando abonar la entrada. César Pérez, el dueño, se habría comunicado con la por entonces concejal del PJ Liliana Pintos. Llamativamente, el lugar tampoco fue clausurado.

Si bien el ReBA tiene validez anual y, cumplido ese plazo, se debe solicitar su renovación con una anticipación de sesenta días corridos anteriores a su vencimiento, Caín Pool (Razón Social: Pedro César Pérez Peralta) había renovado su licencia, en los últimos años, siempre fuera de término; 03/02/2005 (12761), 03/07/2006 (12951), 07/07/2007(12898), 31/08/2008 (9356) y 06/09/2009 (3381). Lo mismo ocurría con Caín Resto Bar (Razón Social: Gabriela Verónica Bustamente); 13/04/2008 (32173), y 16/07/2009 (32492).

Después del informe televisivo denominado “El recaudador”, ambos comercios cerraron sus puertas imposibilitados de renovar sus licencias para la venta de bebidas alcohólicas (Vencidas el 22 de julio y el 8 de septiembre de 2010), en lo que pareció ser un castigo por el escrache sufrido por varios funcionarios comunales.

Blooper descomunal

El decreto por el cual se creó la Secretaría de Planificación Operativa y Control Comunal, detalla en uno de sus artículos que el área “incrementará la capacitación de todo su personal, a fin de jerarquizar el servicio de las áreas en beneficio de los vecinos matanceros”.

Sin embargo, la falta de capacitación es evidente: los inspectores Lidia Pampin, María Laura Tundis, y Catalina Szanko (legajo 7317) realizaron un operativo en un bar con minutas, detallando que el mismo se encuentra situado en “Juan Manuel de Rosas, Localidad: San Isidro”. ¿Las inspecciones pasan las fronteras matanceras?

Clausura Preventiva

Ante la clausura preventiva de un comercio, debe ser el propio intendente de La Matanza quien ratifique a través de su firma esa medida. Recién después el inspector puede clausurar de manera efectiva; mientras tanto, el local continúa abierto.

Esto porque desde hace 14 años el Distrito no tiene Tribunales de Faltas. El Concejo Deliberante de La Matanza aprobó una Ordenanza que ratificó y avaló el decreto del intendente municipal Héctor Carlos Cozzi, quien disolvió los Tribunales de Faltas. La norma se aprobó en febrero de 1997 con el voto de la mayoría justicialista mientras que la oposición calificó la medida de “inconstitucional”.

Sin control

Los bares mencionados en la anterior edición de S!C (“Guerra fría en Control Comunal”) renovaron sus licencias para la venta de bebidas alcohólicas (ReBA) fuera de término. Entre ellos se en-contraban: Santino Resto Bar (licencia 1659), DUBAI Resto Bar Lounge (12790 y 8035) y Mr. Jones Pub (32011, 32990, 33026, 32576, y 36968).

Al cierre de esta edición, el restaurante bar “Dolido Dolce” (Pizzería Chapal SA) y el restaurante “Lo de Carlitos” (de Oscar Alberto Mancini) tenían el ReBA vencido. Esto fue expuesto ante el Gobierno de la provincia de Buenos Aires bajo las denuncias 1297 y 1298.


Lo que no se cumple 

Falta de médico y enfermera

“Las confiterías bailables, bailantas y discotecas deberán contar con un espacio físico, dentro del establecimiento en el cual desarrollen sus actividades un profesional médico y una enfermera” (Ordenanza 14218, artículo 1º). Pero esto no se cumple en la mayoría de los locales bailables.

Falta de elementos

“El espacio físico mencionado en el Art. 1º deberá contar con los siguientes elementos: una camilla, sanatorios, tubo de oxígeno (con máscara y accesorios), botiquín de emergencias, y aspirador”. (Ordenanza 14218, artículo 2º)

Falta de ambulancia

“Más de 500 personas deben contar con ambulancia en el frente con un médico y una enfermera; más de mil con dos de cada ítem”. (Ordenanza 13960, artículo 5º)

Falta de detectores de metales

“Obligatorio detectores de metales para determinar la portación de armas”. (Ordenanza 10714, Artículo 1º)

Salida de emergencia, cantidad de asistentes y entradas numeradas
“Deben exhibir en el frente del local, en todas las puertas de acceso y en los baños, carteles de 40 x 60 centímetros que indiquen: mapa del establecimiento señalando salidas de emergencia; cantidad de personas para el cual fue habilitado (esto también en la propaganda); asimismo, deben expedir entradas numeradas correlativamente y con talón para el concurrente (Ordenanza 13960, artículo 3°, inciso a, b y c).

Distancia mínima

“Los establecimientos comerciales mencionados (confiterías bailables, bailantas y discotecas) que se instalen en el partido de La Matanza deberán hacerlo a una distancia mínima de 200 metros de salas de salud, centros médicos privados, hospitales públicos, jardines de infantes, salas velatorias y centros comunitarios” (Ordenanzas 14.218, artículo 3°).

Terminantemente prohibido

“La colocación de mesas, sillas y sillones, y/o cualquier otro elemento en los pasillos de circulación y/ o pista de baile; la venta de boletos y/ o entradas sin el correspondiente sellado municipal; la tenencia de boletos en boletería habilitada sin el sello municipal; la falta de urnas para colocar los boletos vendidos; permitir que la música traspase el ámbito del local como también que excedan los 70 decibeles”. (Ordenanza 7424, artículo 16, inciso d, g, l y p).

Cubano bar: un caso aparte

Ese bar situado en Avenida Luro 5588, de Gregorio de Laferrere, parece un lugar “protegido”. No cualquier inspector podría visitar Cubano Bar, un local que lleva en sus espaldas varias denuncias por funcionar como local bailable.

Si bien se anuncia como bar, siguiendo su tweeter (@CubanoBar) se invita a bailar: “Hoy viernes noche de salsa! a partir de las 23 hs.

No podes faltar!”. Siguiendo su página en Facebook ellos mismos publican fotos con jóvenes bailando. El único que, sugestivamente, tendría contactos con el dueño de Cubano sería el inspector Claudio Cabrera.